Pronunciamiento
del
Consejo Universitario de la
Universidad de Los Andes
sobre
la Crisis Constitucional del país
El
Consejo Universitario de la Universidad de Los Andes en su sesión ordinaria de
fecha lunes 24 de octubre de 2016, ante la alteración del orden constitucional
originado por la suspensión del Referendo Revocatorio pautado por el Consejo
Nacional Electoral para ser realizado los días 26, 27 y 28 de octubre de 2016 y
de las elecciones de gobernadores que, según el orden constitucional, deben
realizarse en diciembre de 2016.
Considerando
Que
el artículo 2 de la Ley de Universidades le impone a estas instituciones
educativas el deber y la corresponsabilidad social de “colaborar en la orientación
de la vida del país mediante su contribución doctrinaria en el esclarecimiento
de los problemas nacionales.” (Cursivas nuestras)
Considerando
Que
para la protección de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,
la misma declara en su artículo 333 que: “Esta Constitución no perderá su
vigencia si dejare de observarse por acto de fuerza o porque fuere derogada por
cualquier otro medio distinto al previsto en ella.
En
tal eventualidad, todo ciudadano investido o ciudadana investida o no de
autoridad, tendrá el deber de colaborar en el restablecimiento de su efectiva
vigencia.”; (Cursivas nuestras);
Considerando
Que
el país entero atraviesa por momentos de enorme preocupación e incertidumbre,
causados por la gravísima alteración del orden constitucional y democrático por
parte del Poder Ejecutivo Nacional, el cual, desde inicios del presente año, ha
manejado y utilizado a su conveniencia y favor los órganos de los otros Poderes
Públicos, especialmente del Poder Judicial y Electoral, para desestimar las
decisiones emanadas de la Asamblea Nacional, con la intención clara de
entorpecer el justo reclamo de la mayoría del pueblo venezolano por la
realización del Referendo Revocatorio, así como por las elecciones de
gobernadores que ya deberían haber sido previstas para el mes de diciembre de
2016, procesos electorales reconocidos y garantizados en la Constitución
Nacional Vigente;
Considerando
Que
la actuación inconstitucional e ilegal del Ejecutivo Nacional, en la persona
del presidente Nicolás Maduro Moros, ha generado la actual situación de crisis
política y constitucional, por demás sin precedentes de tal naturaleza, sin que
el gobierno muestre signos de querer solucionarla en el marco constitucional
sino que, muy por el contrario, la profundiza aún más cuando insiste en actuar
presionando, coaccionando, manipulando, utilizando a su favor tanto los otros
poderes públicos como las fuerzas de seguridad ciudadana, persiguiendo a
quienes opinan distinto, aumentando el número de presos políticos, utilizando
la violencia en todas sus formas para criminalizar las justas protestas por
parte de ciudadanos y dirigentes políticos opositores, sin importarle los
reclamos justos del pueblo ni las exigencias de restablecimiento del orden
constitucional que están exigiendo diversos organismos internacionales;
Considerando
Que
la ´suspensión temporal´ del proceso de recolección de firmas para la activación
del Referendo Revocatorio, pautado para los días 26, 27 y 28 de octubre de
2016, así como el silencio total en relación con las elecciones de
gobernadores, que deberían haber sido previstas para el mes de diciembre de
2016, procesos electorales reconocidos y garantizados como derechos políticos y
como “medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su
soberanía”, consagrados en los artículos 63, 70 y 72 de nuestra Carta Magna,
constituye una violación expresa y flagrante de los derechos y garantías de los
venezolanos y una ruptura expresa del Estado de Derecho, el orden
constitucional y, por consiguiente, de la democracia en nuestro país;
Considerando
Que
es deber y derecho de la Universidad, ante la sociedad y el país entero, mediar
e interceder por el restablecimiento del imperio de la Ley, por el respeto de
los derechos humanos, en este caso particular el derecho a participar en los
procesos eleccionarios de revocación popular del Presidente de la República y
de elección de gobernadores de las distintas entidades federales del país;
derechos estos que se han visto vulnerados por las acciones inconstitucionales
e ilegales a las que ha recurrido el Ejecutivo Nacional para evitar que el
pueblo venezolano demuestre, de manera contundente, su firme voluntad de
revocarlo y de elegir gobernadores aptos y con convicciones democráticas para
asumir los destinos de los estados; acciones gubernamentales que además de
violentar derechos específicos como el derecho al sufragio y al referendo revocatorio
mediante “votaciones libres, universales, directas y secretas”, también
vulneran el principio de la soberanía del pueblo en asuntos electorales;
Considerando
Que
el Ejecutivo Nacional pretende, -mediante artificios legales aprobados por un
Tribunal Supremo de Justicia que actúa a su justa medida y conveniencia-,
menoscabar a la Asamblea Nacional el ejercicio de sus competencias legisladora,
contralora y la aprobación del presupuesto nacional, constituye, en los
términos de Brewer Carías, una burla a la voluntad popular y un fraude a la
Constitución Nacional; pretensión que intenta desconocer de facto que, la
Asamblea Nacional, como legítima expresión del Poder Legislativo, fue elegida
en el proceso electoral de 2015, en cuyo marco los electores expresaron su
decisión de escoger a los diputados que los representarían en los procesos de
elaboración de las leyes y el cumplimiento de sus derechos y deberes
específicos, con base en los procedimientos que la misma Constitución impone;
Considerando
Que
el 23 de octubre de 2016, la Asamblea Nacional acordó, entre otras decisiones
“Declarar la ruptura del orden constitucional y la existencia de un golpe de
estado cometido por el régimen de Nicolás Maduro en contra la Constitución de
la República Bolivariana de Venezuela y el pueblo de Venezuela.”;
Considerando
Que
el Acuerdo de la Asamblea Nacional, de fecha 23 de octubre de 2016, constituye
una decisión institucional y democrática para ratificar el ejercicio de sus
competencias y para denunciar, por medio de la información al pueblo, la
crítica y delicada situación del país producto de los continuos y reiterados
actos de violencia que contra la Constitución ha ocasionado el Poder Ejecutivo
Nacional y sus acólitos, que la convierten en un pacto social sin vigencia ni
efectividad, lo cual ha generado daños profundos en el seno de las
instituciones públicas y en la convivencia cívica, pacífica y ciudadana en el
país;
Considerando
Que
la actuación írrita, por inconstitucional e ilegal, de las rectoras del Consejo
Nacional Electoral, mediante la cual ordenaron la suspensión del proceso de
recolección del 20% de las firmas para proceder al referendo revocatorio, y de
su omisión en relación con el proceso eleccionario de gobernadores, en virtud
de que expresa tanto la vulneración de los derechos políticos de los electores
venezolanos, como un fraude a la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, se convierte en un mecanismo catalizador de la desesperación del
pueblo venezolano que evade las vías pacíficas, de diálogo y entendimiento en
estos momentos de profunda crisis general por la que atraviesa el país;
ACUERDA:
Primero:
Colaborar con el restablecimiento de la vigencia de la Constitución, y por ende
con el orden institucional y democrático, mediante acciones de formación e
información continua y permanente, orientadas a demostrar al pueblo venezolano
la actuación ilegal e inconstitucional en que han incurrido: el Ejecutivo
Nacional, en la persona del presidente de la República ciudadano Nicolás Maduro
Moros; el Poder Electoral en las personas de las rectoras del Consejo Nacional
Electoral; y, el Poder Judicial en las personas de los jueces de la Sala
Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con el fin de que los órganos
competentes establezcan las responsabilidades de Ley y las sanciones
pertinentes, toda vez que se han vulnerado derechos civiles y políticos de
diversa índole.
Segundo:
Reclamar el respeto a la Asamblea Nacional, como legítima expresión del Poder
Legislativo, en tanto su legitimidad está fundamentada en la manifestación de
la voluntad soberana del pueblo elector que, en diciembre de 2015 en pleno
ejercicio de su derecho a elegir, por mayoría incontestable, determinó quienes
serían y son sus miembros, como Diputados electos por cada uno de los estados
del país.
Tercero:
Exigir al Ejecutivo Nacional, en la persona del presidente de la República,
ciudadano Nicolás Maduro Moros, el respeto y la restitución de la independencia
y autonomía del resto de los poderes, toda vez que esto constituye una garantía
de ejercicio funcionarial basado en principios de transparencia, justicia,
igualdad, equidad, como vías para el ejercicio democrático de las instituciones
públicas del país y la igualdad de los ciudadanos venezolanos.
Cuarto:
Exigir al Ejecutivo Nacional, en la persona del presidente Nicolás Maduro
Moros, el cese de los hostigamientos, persecuciones, sectarismos, coacciones de
que son objeto los ciudadanos y dirigentes políticos de oposición por el solo
hecho de pensar y opinar distinto; exigir la vigencia del artículo 57
constitucional que garantiza la libertad de pensamiento, ideas y opiniones como
garantía del inicio del restablecimiento del orden constitucional que están
exigiendo tanto el pueblo venezolano como diversos organismos internacionales;
igualmente, exigir la liberación inmediata de los presos políticos del régimen;
Quinto:
Demandar y exigir, al Consejo Nacional Electoral, la iniciación del proceso de
recolección de firmas para la activación del Referendo Revocatorio y la
organización, para el mes de diciembre, de las elecciones de gobernadores, por
cuanto que la ´suspensión´ de ambos procesos electorales constituye una burla a
la voluntad popular y un fraude a la Constitución: la primera, al fundamentarse
tal suspensión en decisiones írritas de tribunales de control penal, sin
competencia para conocer y decidir en asuntos electorales; la segunda, por
cuanto el apartado único, del artículo 160 del texto constitucional es claro al
señalar que los gobernadores serán elegidos por un periodo de cuatro años, y
ese periodo fenece el próximo 16 de diciembre de 2016.
Sexto:
Repudiar públicamente la actuación desvergonzada, fraudulenta e ilegal del
Consejo Nacional Electoral, en las personas de sus rectoras y del Tribunal
Supremo de Justicia, en las personas de los magistrados de la Sala
Constitucional, por servilismo público y notorio a favor del Ejecutivo Nacional
y no en defensa de los derechos, garantías y libertades del pueblo venezolano.
Séptimo:
Mediar e interceder por el restablecimiento del imperio de la Ley, por el
respeto de los derechos humanos, especialmente por el derecho a opinar
distinto, a participar y elegir libremente de acuerdo con nuestros ideales y
nuestra conciencia, para garantizar al electorado venezolano el derecho a
participar en el proceso de referendo revocatorio y de elecciones de
gobernadores libres y soberanas;
Octavo:
Apoyar los acuerdos que la Asamblea Nacional aprobó el 23 de octubre de 2016,
para evitar que la ruptura del orden constitucional y el golpe de Estado
producidos con la suspensión del Referendo Revocatorio y de las elecciones de
gobernadores, profundicen más la crisis social, política y económica de
Venezuela, así como para ratificar a la Asamblea Nacional en el ejercicio de sus
competencias legisladoras y contraloras;
Noveno:
Expresar el más profundo repudio contra la actuación írrita, por
inconstitucional e ilegal, de las rectoras del Consejo Nacional Electoral, por
la suspensión del proceso de recolección del 20% de las firmas para proceder al
referendo revocatorio y la omisión en la organización de las elecciones de
gobernadores, por cuanto constituyen un acto que vulnera los derechos políticos
de los electores venezolanos y un fraude a la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, que no colabora con la paz y la convivencia en el
país.
Décimo:
Recordarle y exigirle a la Fuerza Armada Nacional el cumplimiento de la letra
del artículo 328 constitucional que la define como “una institución
esencialmente profesional, sin militancia política, organizada por el Estado
para garantizar la independencia y soberanía de la Nación y asegurar la
integridad del espacio geográfico, mediante la defensa militar, la cooperación
en el mantenimiento del orden interno y la participación activa en el
desarrollo nacional, de acuerdo con esta Constitución y con la ley. En el
cumplimiento de sus funciones, está al servicio exclusivo de la Nación y en
ningún caso al de persona o parcialidad política alguna.” (Negritas nuestras).
Dado,
firmado y sellado en el Salón de Sesiones del Consejo Universitario a los 31
días del mes de octubre de 2016.
Rector Secretario
....................................................................................................
El
Consejo Universitario de la Universidad de Los Andes, en sesión ordinaria
celebrada el pasado 26 de septiembre del 2016, debido a la difícil situación
que se padece, a la declaratoria de crisis universitaria, al retraso
considerable en el envío de los recursos y a la disminución en 75% de los
gastos de funcionamiento, acuerda dirigirse a la opinión pública, haciendo uso
de las atribuciones que le confiere el Artículo 2 de la vigente Ley de
Universidades.
Considerando
Que
debido a las drásticas restricciones presupuestarias a que ha sido sometida
nuestra casa de estudios, la Universidad de Los Andes se verá obligada a cerrar
programas y proyectos, al tiempo que está siendo expuesta a un colapso
inminente que paralizaría sus funciones esenciales, reflejo a la vez de un
contexto general que bien podría denominarse de “crisis humanitaria de la
educación venezolana”.
Considerando
Que
si bien hemos venido reiterando la postura de mantener abierta la universidad
hasta donde sea posible, la crisis se hace evidente en los alarmantes
indicadores de deserción estudiantil, que vienen dejando vacías las aulas de
liceos y universidades, lo cual al mismo tiempo explicaría la enorme cantidad
de jóvenes consagrados al comercio informal o, para mayores males, a la
delincuencia, dicho llanamente.
Considerando
Que
solicitamos al Ministerio de Educación Universitaria la entrega oportuna de
gastos de funcionamiento para la Academia y la Administración Central, pues la
falta de recursos incide dramáticamente en la calidad de la formación de
nuestros profesionales y técnicos, y cuyos efectos se manifiestan en la
suspensión de prácticas de campo, la realización deficiente de ensayos y
experimentos en prácticas de laboratorio, la severa reducción en los materiales
de apoyo didáctico, el cierre de laboratorios de computación y de consultas vía
Internet, así como de actividades culturales y deportivas de toda índole.
Considerando
Que
el proceso de depauperación ha sido tan profundo que la Universidad de Los
Andes no cuenta con insumos básicos de papel, tinta y materiales de limpieza,
lo cual incide en el progresivo deterioro de sus instalaciones y servicios, un
cuadro impactante al que se suman las suspensiones frecuentes del servicio de
comedor, y el colapso y desaparición de las rutas de transporte universitario.
Acuerda
- Designar una comisión que organice la metodología de un taller para discutir en el Consejo Universitario los ajustes, desagregando aquellos gastos que son insustituibles, y que tome en cuenta los dominios académicos, jurídicos, administrativos y operativos.
- Dirigir una comunicación con carácter de urgente al Ministerio de Educación Universitaria, solicitando la puesta en ejecución de un plan prioritario para la dotación de laboratorios de docencia, los cuales en su mayoría se encuentran en condiciones de obsolescencia y de atraso científico y tecnológico.
- Emprender una campaña mediática mostrando los efectos negativos habidos en la producción del conocimiento, y enviar comunicaciones a las universidades con las que tenemos convenios, así como a las empresas de la economía privada, para que donen insumos y equipos.
- Reiterar la declaración de emergencia universitaria, concertando esfuerzos con la Asociación Venezolana de Rectores para señalar responsabilidades ante el eventual colapso de nuestra casa de estudios.
- Convocar a los sectores organizados de la sociedad civil a participar en la defensa de la educación universitaria de calidad.
- Fijar postura mediante remitido público.
En
la ciudad de Mérida, primero de noviembre del dos mil dieciséis.
Rector Secretario
Por
la Comisión: Alfredo Angulo Rivas; Hebert Lobo Sosa; Juan Carlos Rivero.
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