Entrada destacada"El Silencio de los Buenos" ...

“NO CAMBIAR, ES REPETIR” Proyecto Grifo: El ESTADO PLURAL ® 2006

domingo, 31 de julio de 2016

LA DECLARATORIA DE ABANDONO DEL CARGO DEL PRESIDENTE COMO SOLUCIÓN PARA SUPERAR LA ACTUAL CRISIS VENEZOLANA


LA DECLARATORIA DE ABANDONO DEL CARGO DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA COMO SOLUCIÓN POLÍTICA DEMOCRÁTICA PARA SUPERAR LA ACTUAL CRISIS VENEZOLANA


Por: Alejandro González Valenzuela


Una concepción reduccionista de lo democrático, logró imponer en la oposición venezolana la idea de que la vía más idónea para poner fin anticipado al gobierno de Maduro, debía ser, además, de constitucional, pacífica y democrática, electoral, desestimándose abiertamente las opciones de tipo institucional. Sin embargo, las grotescas maniobras que desde el gobierno, el CNE y el TSJ, se vienen haciendo para retardar y, eventualmente, frustrar la realización del referendo revocatorio para este año, han puesto de relieve nuevamente la necesidad de evaluar la opción institucional para defenestrar a Maduro, en esencia, tan democrática como la electoral.

Una necesaria redefinición de la democracia.-

En su trabajo Gobernar el Vacío, el investigador Peter Mair, a partir de los postulados de pensadores como Schatschneider, Zakaría, y Dahl, analiza el proceso de redefinición de la democracia, uno de cuyos aspectos centrales descansa en resaltar la distinción entre lo que se ha llamado democracia constitucional y lo que puede llamarse democracia popular (plebiscitaria, protagónica). En tal perspectiva, el componente constitucional enfatiza en lo institucional, en la necesidad de controles y equilibrios entre las instituciones “e implica el gobierno para el pueblo”; por su parte, el componente popular hace énfasis en el papel de los ciudadanos y la participación popular “e implica el gobierno por el pueblo”.

Ambos elementos coexisten en una relación simbiótica, complementándose mutuamente en una acepción unitaria de la democracia (democracia del siglo xxi), que no se desvaloriza por la mayor preeminencia que pueda alcanzar, en un momento dado, un componente sobre otro, debido a que ambos son legítimos. En tal sentido, las soluciones políticas serán igualmente democráticas, tanto si son institucionales o electorales.

No obstante, debe advertirse que en algunos países se viene dando una marcada tendencia a separar ambos elementos, y a hacer hegemónico un componente sobre otro; de ahí la aparición de nuevas categorías políticas como democracia “no liberal”, “protagónica”, “popular”, “participativa y protagónica” (Libro Rojo PSUV), que combinan, como observa Mair, “las elecciones libres, la democracia popular, con la restricción de los derechos y el abuso potencial del poder ejecutivo”, cuyo paradigma es la democracia protagónica venezolana, que pareciera encarnar una cuarta ola de la “democracia”, en la que se sobrevalora lo popular y lo electoral, en detrimento de lo constitucional.   

Es factible la solución electoral en sociedades altamente polarizadas?.-

Como se sabe, un sector de la oposición logró imponer la tesis del referendo revocatorio como la solución política para defenestrar a Maduro, y a partir de ahí comenzar a superar una crisis sistémica sin precedentes, planteo que fue asumido por otras vertientes opositoras; sin embargo, desde un principio, ha habido quienes han mostrado marcado escepticismo ante la vía electoral, debido, principalmente, a la naturaleza de un régimen chavista-madurista que encarna un proyecto político de vocación totalitaria, claramente definido en el Plan Simón Bolívar, el Libro Rojo, el Plan de la Patria, y en las Conclusiones del Congreso del PSUV-2014, verdadera hoja de ruta de una propuesta hegemónica, que desde el 2007, se viene deslindando abiertamente de los objetivos estratégicos y del proyecto político que subyace en la Constitución de 1999 (el Estado democrático, social y de Derecho y de Justicia), la cual, de acuerdo a sus propios postulados persigue “la toma del poder” con carácter irreversible para construir un Estado Comunal Socialista: “nosotros estamos obligados a traspasar la barrera del no retorno, a hacer irreversible el tránsito hacia el socialismo….” (Plan de la Patria).

A lo anterior debe sumarse que el régimen chavista-madurista, situado en la fase terminal de un sostenido proceso de descomposición ética y política, que, además, ha venido perdiendo aceleradamente apoyo popular, se ha implicado en una deriva tanto desesperada como fraudulenta, que lo impulsa a mantenerse “como sea” en su posición hegemónica; así ha quedado de manifiesto con el proceder inescrupuloso de los capitostes del chavismo-madurismo, y de las instituciones por ellos colonizadas, el CNE y el TSJ.

El profesor Adam Przeworski de la Universidad de Nueva York, una de las voces más autorizadas sobre democracia y sistemas electorales, en diferentes obras ha sostenido que en países divididos (de alta polarización), y con hegemonías en el poder, resulta imposible resolver el conflicto político por la vía electoral, pues, al tener los detentadores del poder mucho que perder, harán todo lo posible para no ir a elecciones, por desconocer resultados (si las hay), o simplemente neutralizarlos, tal como ocurrió en Venezuela con los resultados del referendo del 2 de diciembre de 2007, en el que los venezolanos votamos contra una serie de postulados antidemocráticos (reelección indefinida, poder popular, organización comunal, FANB, milicias populares, etc), que, igualmente, han venido siendo institucionalizados en flagrante desconocimiento a la voluntad popular y en fraude a la Constitución.

Las soluciones democráticas institucionales.-

En relación a las soluciones democráticas de tipo institucional para cesar legítimamente en el cargo al presidente de la república, cabe referir que están establecidas en la Constitución, en el artículo 233, que señala las causales de falta absoluta, una de las cuales, es el abandono del cargo declarado por mayoría simple de la Asamblea Nacional.

De acuerdo con los principios de supremacía constitucional y de legalidad, consagrados en los artículos 7 y 137 la Constitución de 1999, por una parte, todos los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a la Constitución; y por la otra, la Constitución y las leyes definen las atribuciones de los órganos que ejercen el Poder Publico, estableciendo un orden competencial que no puede ser subvertido; razón por la cual, si el presidente de la república renuncia a sus competencias ordinarias o extraordinarias (éstas últimas emanadas del régimen de excepción), porque no las ejerce, o delega o comparte sin estar autorizado para ello, se hace irremediablemente pasible de declaratoria de falta absoluta por la Asamblea Nacional por manifiesta incursión en abandono del cargo.

De la falta absoluta por abandono del cargo de Maduro.-

En esta perspectiva, muy a propósito, resulta el anuncio que Maduro hiciera en días pasados sobre la creación de la Gran Misión Abastecimiento Soberano, en relación a la cual “todos los ministerios, todos los ministros y ministras, todas las instituciones del Estado quedan bajo el orden y la subordinación absoluta al Comando Nacional” de esta Misión, que estaría encabezada por él y por el General Vladimir Padrino López, Ministro de Defensa y Comandante Estratégico Operacional de las Fuerzas Armadas Bolivarianas.

Lo verdaderamente notorio de este anuncio fue la investidura del General Padrino López como duunviro en una especie de duunvirato de facto, confiriéndole en lo sustantivo poderes supralegales mediante un procedimiento no previsto en la Constitución, lo que supuso una grosera e ilegítima mutación de normas constitucionales (modificación del sentido político y significado jurídico de normas constitucionales, dejando intacto su texto) que establecen la asignación y delegación de competencias.
Sobre el duunvirato de facto estatuido en el marco de la Gran Misión Abastecimiento Soberano, mucho se ha enfatizado en el suprapoder adquirido por el General Padrino, pero, poco se ha destacado la abdicación que ha hecho Maduro de sus competencias presidenciales, especialmente, de aquellos poderes extraordinarios que ostenta en virtud del estado de excepción (emergencia económica). Al resignar parte de sus atribuciones constitucionales y legales, Maduro incurrió técnicamente, esta vez de manera expresa e inequívoca, en abandono del cargo, señalada en el art. 233 constitucional, como una de las causales de falta absoluta, la cual, como ya se dijo, puede ser declarada por la Asamblea Nacional por mayoría simple.

Conclusión.-


La Asamblea Nacional debiera plantearse seriamente la declaratoria falta absoluta de Maduro por manifiesta incursión en abandono del cargo, de lo contrario el bloqueo de la vía electoral y la inacción por la vía institucional, dejarán a Venezuela expuesta a otro tipo de soluciones, que, eventualmente, pudieran salirse de control al gobierno y a la oposición.

2 comentarios:

  1. No hay comentarios. a LA GENTE SOLO LE INTERESA LA VÍA INEFICIENTE DEL REVOCATORIO, PORQUE ASÍ COMO CHÁVEZ LS LAVÓ LA MENTE FACILMENTE, IGUALMENTE LO HACEN AQUELLOS DE LA OPOSICIÓN INTERESADOS SOLO EN SU LIDERAZGO.

    ResponderEliminar
  2. Está bien este artículo. Ahora, consciente de esta acción considero que está siendo evaluada y quizá en lo inmediato sea realizada.

    ResponderEliminar