EDITORIAL:
El 13 de octubre la Asamblea Nacional (AN)
mediante un Acuerdo, decretó el Golpe de Estado y ruptura del orden
constitucional por parte del Ejecutivo Nacional, el Tribunal Supremo de
Justicia (TSJ) y el Consejo Nacional Electoral (CNE). A partir de ese momento
(muy particular por su tan discreta –cuasi secreta- exposición mediática) la
misma AN en sociedad con la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) detonó eventos
que reafirmaron lo acordado parlamentariamente.
La Agenda Democrática fue establecida el domingo
23 de octubre por un Acuerdo de la Asamblea Nacional para restablecer el orden constitucional, donde se establecieron entre algunos puntos
cruciales, el nombramiento de los nuevos Magistrados de la Sala Constitucional
del TSJ y de los(las) nuevos(as) Rectores(as) del CNE, todos(as) los(as) cuales
hasta el momento han ejercido sus cargos de forma ilegítima o de extendida
manera temporal (mucho más, han ejercido sus funciones de forma inconstitucional).
La importancia de este CAMBIO ubica de manera real y concreta cual es la
situación espuria del actual régimen encabezado por Nicolás Maduro, ya que las
nuevas autoridades van a dar la constitucional, legal y correcta interpretación
a las acciones solicitadas por la MUD en lo referente a las vías de CAMBIO de la
cabeza del Estado venezolano.
Hay quienes miran a estos cambios de
funcionarios como algo de poco alcance práctico, pero si bien su presencia
física en las oficinas respectivas sufrirán un tiempo que esperar, lo realmente
efectivo, es que (aún cuando estas personas estuvieran despachando desde un
escondite subterráneo) la legitimidad de sus actos es lo que será reconocido
por todos los funcionarios estatales apegados al orden constitucional
(inclúyanse a los integrantes de la Fuerzas Armadas). Tal reconocimiento
igualmente será extensivo hasta el amplio ámbito democrático internacional.
Las nuevas autoridades del TSJ y el CNE,
oficialmente anularán las sentencias y resoluciones emitidas fuera del marco
legal por estos organismos, así como refrendarán las legítimas acciones de la
AN, ya que reubicarán dentro de los patrones correctos a sus Acuerdos, a las
leyes emitidas este año, al Referendo Revocatorio, a la polémica Nacionalidad de
Maduro y al Juicio por Abandono del Cargo, todas estas contempladas en la Constitución
Nacional. Desde allí, las violaciones a la Carta Magna quedarán oficialmente
decretadas y sus responsables serán acusados a los fines de abrirles sus
respectivos procesos judiciales.
Tales violadores constitucionales son quienes fungiendo
como adeptos al régimen castro-madurista antes de representar a las urgentes necesidades
del soberano pueblo de Venezuela, hoy ocupan posiciones de muy alto rango
dentro del Estado venezolano; hechos por los cuales, la Constitución Nacional,
nos obliga a que estos sean desconocidos por todos los demás funcionarios
estatales y la ciudadanía en general.
Quienes ocupan cargos públicos saben interpretar
“a la letra” estas palabras, por cuanto están concientes que de seguir obedeciendo
a los violadores constitucionales, permitir sus actuaciones o no actuar como la
Constitución se los exige, están corriendo con riesgos muy severos de quedar
inculpados legalmente como cómplices, no solo por violar a la Carta Magna, sino
hasta por crímenes de lesa humanidad. ¿Será que ya conocen las lecciones
dejadas por la Corte Internacional de Justicia y la Corte Penal Internacional?
Quien para vivir una “cómoda” vida de prófugo internacional, no tenga las
fortunas espurias de algunos de los funcionarios castro-maduristas, mejor que
asuma su responsabilidad si pretende gozar en libertad del resto de su vida.
Parafraseando al artículo 233 de la Constitución
Nacional, el Abandono del Cargo decretado
como tal por la Asamblea Nacional, se asume como la sentencia resultante de un juicio político, que será emitida por una mayoría simple parlamentaria, sin requerir aprobación de ninguna
otra institución estatal, pero que muy bien conviene sea refrendada
por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, a los efectos de
dejar perfectamente clara su constitucionalidad ante la ciudadanía, la nómina estatal y la comunidad internacional. Lanzar una sentencia como esta sin que
previamente se hayan nombrado a los legítimos magistrados de dicha Sala Constitucional,
podría encontrar un espacio de mucha confusión que inhibiera a quienes, no
apoyando al régimen castro-madurista, tengan poder estatal en el presente. Un vacío que invita a riesgos muy costosos. Hay que evitarlo.
Señores Diputados de la Asamblea Nacional de Venezuela, antes de sancionar legítimamente a Nicolás Maduro Moros por el abandono de las responsabilidades del cargo, tal como se decretase en esa institución, ES INDISPENSABLE QUE SE CAMBIEN LAS AUTORIDADES EN EL TSJ Y CNE.
El respeto al orden Jurídico es esencial en DEMOCRACIA
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